30 ene 2013

TRABAJADORA IMPAGADA, AMENAZADA Y EXPLOTADA POR CÓNSUL DEL PERÚ EN CHILE RAMÍREZ



El Segundo Secretario Pedro  Mariano Ramirez Solsol, Vice Cónsul del Perú  en Santiago de Chile,  al parecer habría contratado como trabajadora doméstica a su compatriota señora Consuelo Belleza Napan identificada con DNI 07034822. El Vice Cónsul del Perú hizo ingresar a Chile a su domestica en compañía de su suegra y como turista, la mantuvo trabajando ilegalmente los 90 días que tenía como plazo de permanencia por turismo, en forma tal de evadir el pago de las cotizaciones por salud, pensión y seguro obligatorio contra accidentes de trabajo.





La esposa del Cónsul Solsol despidió a la trabajadora al término del permiso por turismo, el domingo 26 de Setiembre del 2012, sin restituirle sus documentos ni pertenencias, las que parcialmente recuperó con el auxilio de la Policía chilena.
CÓNSUL RAMÍREZ RETIENE ILEGALMENTE EL PASAPORTE DE TRABAJADORA
Se sabe que el Cónsul Pedro Mariano Ramírez Solsol confiscó el pasaporte de la trabajadora y que luego le dijo que lo podía recoger en una notaría, siempre y cuando firme un documento donde se comprometía a no reclamar sus derechos laborares.
RAMÍREZ SOLSOL VIOLA DERECHOS HUMANOS LABORALES DE TRABAJADORA
Según las declaraciones de la señora Consuelo Belleza Napan, quien ha sido asistida por el sindicato de Trabajadores Migrantes, la esposa del Cónsul Ramírez Solsol la maltrató psicológicamente, podía reposar solo cuando se lo consentía y se incomodaba cuando esto sucedía, le aseguro que las "contratadas" no tenían feriados, la humillaba haciendo alusiones a su aseo personal y luego se enfadaba cuando llegaban los recibos del agua increpandole que seguramente se había bañado con agua caliente y que era ese el motivo por el cual ella pagaba recibos tan caros. El cónsul Pedro Ramírez la dejo indocumentda, sin pagarle su sueldo y su liquidación, nunca le pago el seguro médico, y al parecer lo mas importante para este "par" era que la señora Consuelo no permaneciera en ese país, intentando en todas las formas de forzar su retorno al Perú.



Es absolutamente imposible que la Cancillería
no este al tanto de los abusos que
cometen sus trabajadores en el exterior.
PROTECCIÓN AL CON NACIONAL
Según la Ley del Servicio Diplomático del Perú (Ley 28091), una de las funciones de TODOS los diplomáticos es la de *asistir a los nacionales en el exterior, protegerlos y defender sus derechos, como se explica entonces que estas personas abusen normalmente de los trabajadores a su cargo?.
NO ES EL ÚNICO CASO
Recordamos a nuestros lectores que este comportamiento abusivo contrario a los derechos laborales humanos es la normal conducta de muchos diplomáticos, como el caso de las señoras Sandra Ramos y Yoli Lanazca de quienes abusaron respectivamente en forma despiadada las tocayas de nombre y maldad Martha LizarragaMartha Toledo 

Se sabe también que en Turín la empleada del hogar de la anterior cónsul quedo embarazada y que la “señora” cónsul se enfado muchísimo así que como castigo la despidió, al parecer con el mismo sistema.

Los diplomáticos deberían ser embajadores de buena voluntad y diplomacia internacional, pero desafortunadamente muchas veces algunos diplomáticos son embajadores de la esclavitud, tráfico de seres humanos, explotación laboral y abuso físico e inclusive sexual, tal como se ha verificado en diferentes oportunidades.

* LEY Nº 28091 LEY DEL SERVICIO DIPLOMATICO DE LA REPUBLICA
Capítulo II Naturaleza y funciones
Artículo 3º.- Funciones El Servicio Diplomático tiene las siguientes funciones: inciso e) Asistir a los nacionales en el exterior, proteger y defender sus derechos, sean personas naturales o jurídicas.

Fuentes:  Diario OJO